domingo, 28 de octubre de 2018

Mis propuestas a la nueva Constitución o la constitución según Manolo 2

Mis propuestas a la nueva Constitución o la constitución según Manolo 2 

En el caso de la administración provincial y municipal el Estado tiene derecho a gobernar en cada provincia en situación excepcional o cuando sea necesario sustituir gobernadores y gobiernos provinciales esa atribución se le puede dar al primer secretario provincial del partido si la situación lo amerita dándole término no más de un año para convocar a la asamblea provincial y elegir al nuevo gobernador o en caso excepcional este sea nombrado por el presidente del consejo de estado oído el parecer del primer ministro 
Los ciudadanos puedan presentar proyectos de ley ante la asamblea nacional recogiendo veinte mil firmas  el parlamento cubano en sus sesiones ordinarias y extraordinarias lo someterá a votación y debate de los diputados 
Las tierras 
Deben mantenerse las granjas estatales para la producción de alimentos a la población  y a la vez mantener otras formas de producción agrícola las cooperativas asociaciones ect 
Todo ciudadano que lo desee puede adquirir o rentar tierras en usufructo para cultivo y consumo de su familia  mediante precio concertado y contratar al personal que necesite para laborar en dichas tierras abonándole el salario 
No existirá límite de hectáreas de tierra a adquirir siempre que se demuestre la utilidad  y necesidad de la cantidad de tierras a adquirir .el Estado se limitará a cobrar los correspondientes impuestos  de propiedad y por ganancia obtenida 
El estado reconocerá los derechos de las cooperativas de producción agropecuaria créditos y servicios y propietarios privados como personas jurídicas y podrá asociarse con ellos  en igualdad de condiciones 
En caso de priorizar una producción en interés del estado este podrá pagar una estimulación a los agricultores por asumir este cultivo o hacerle la bonificación tributaria en cultivos o productos de interés estatal el estado puede liberar de impuestos a los productores 
El estado tiene derecho a la expropiación forzosa si las circunstancias lo ameritan 
Por necesidad pública Pagándole la correspondiente indemnización concertada con el propietario en efectivo especies cediéndole otras tierras o en bonos pagaderos en cinco años 
El estado sólo aplicara la confiscación de bienes en casos de delito contra la seguridad del estado ,contra la niñez y la juventud , de  lavado de dinero , de fuentes de ingreso no autorizadas ,corrupción , tráfico de drogas ,blanqueo de capitales ,malversación y delitos económicos 
Tanto los afectados por expropiaciones o por confiscaciones podrán interponer recurso contra  las medidas ante los tribunales los cuales decidirán si procede o no  dirimir el litigio por vía administrativa o penal y resolver el litigio 
Prohibir como medida accesoria la confiscación de bienes en caso de  sanción administrativa sólo deberá aplicarse cuando los bienes afectados sean producto de delito 
Los ciudadanos tendrán derecho a acudir a las instituciones judiciales a interponer recursos si la actuación de la administración pública es incorrecta incluida la fuerza pública y sus agentes 
Si los agentes son miembros del Minint serán investigados y juzgados por los tribunales populares de ser miembros de las FAR serán enviados a los tribunales militares 
Todo acusado tiene derecho a la defensa ,tanto con letrado solicitado o público el mismo debe interactuar ante su defensa sin la presencia del instructor o ningún miembro de la parte acusatoria debe respetarse el secreto de sumario 
Ningún acusado será sometido a tratos crueles inhumanos  o degradantes para obtener información por parte de los órganos del estado 
Debe desaparecer la condición de estado peligroso que aparece en el código penal actual ,sólo serán sancionados aquellos que hayan cometido delitos probados .el llamado estado peligroso es una presunción injustificada para enviar a alguien a prisión preventiva 
cuando alguien no ha cometido delito 
Debe sustituirse este por seguimiento de los órganos de prevencion y atención social Debe registrase en la nueva Carta Magna que el voto es un derecho y no un deber que como derecho al fin está el ejercerlo que nadie está obligado a votar en las elecciones y que ni el estado ni las organizaciones políticas y de masas deben coaccionar a nadie para que lo haga 
Debe incluirse en su preámbulo que la única  moneda oficial es el peso cubano que las divisas deben ser cambiadas en pesos cubanos CUP y que los ciudadanos adquirirán sus bienes en pesos cubanos en precios límites accesibles a su nivel adquisitivo 
El estado seguirá en poder de las infraestructuras transporte público y construir carreteras para cobrar tributo mediante peajes cuyo monto servirá para desarrollar más infraestructuras y obras sociales 
Terminar de una vez con el ineficiente monopolio de las comunicaciones por parte de ETECSA y permitir que otras compañías nacionales y extranjeras  inviertan en telefonía celular e internet y facilitar que todos los ciudadanos tengan acceso a la misma 
Ningún cubano perderá su ciudadanía , derechos y propiedades si se va a residir al extranjero ni se le impondrá límite de tiempo para entrar al país si han cometido delitos no se excluirá su entrada al país si no se le juzgará una vez que hayan entrádo a territorio nacional 
Los ciudadanos cubanos residentes en el extranjero tendrán pleno derecho a participar en los procesos electorales del país ya sean referendos elecciones de delegados a asambleas provinciales ,diputados a la asamblea  nacional y a la elección directa del presidente del consejo de estado 
Los ciudadanos cubanos residentes en el exterior tendrán pleno derecho a ser elegidos delegados a las asambleas provinciales del poder popular o a diputados a la asamblea nacional sólo se excluyen a aquellos que hayan mantenido una actitud hostil contra la revolución cubana o hayan incitado de obra  a subvertir el orden revoluciónario hayan cometido delitos contra la seguridad del estado incitado  a la violencia y al sabotaje también a los que hayan cometido delitos en el país de residencia o se manifiesten y reciban ayuda económica de potencias extranjeras hostiles 
Debe reconocerse el derecho de cualquier ciudadano cubano a tener propiedades bienes muebles e inmuebles en el extranjero y sólo cobrarán impuesto del producto si estos bienes se venden o subastan para invertirse en el territorio nacional 

 

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